Guía de temporada · verificada el 22 de octubre de 2026

Setas con permiso: lo que dice cada comunidad

Cada otoño se repite la misma pregunta, y casi nunca se responde bien: ¿hace falta permiso para recoger setas? La respuesta corta es «depende de dónde estés», pero la respuesta útil es más larga, porque en España conviven más de una docena de regímenes distintos, con cupos que van de los 2 a los 6 kilos, sistemas de permisos que se compran por internet y hasta una única comunidad —La Rioja— que prohíbe recoger setas los lunes y los martes. Esta guía no es un mapa de dónde salen setas: es el mapa de qué es legal hacer con ellas, comunidad por comunidad, con la norma exacta detrás de cada cifra. La otra cara de ese mismo otoño —qué bosques piden reserva solo para pasear entre sus árboles, sin tocar una seta— está en la guía de qué hayedos hay que reservar en otoño.

Y hay al menos un error que se repite en guías que llevan años sin actualizarse: dar por hecho que hace falta permiso en el Paratge Natural de Poblet, cuando la Generalitat de Catalunya cerró ese sistema hace ya varias temporadas. Lo contamos con su fuente exacta más abajo, junto con otro par de correcciones —el permiso ordinario aragonés son 12 kilos, no los 5 que circulan, y una supuesta orden cántabra de 2016 que en realidad no tiene nada que ver con las setas— porque en un asunto que puede acabar en sanción, la letra pequeña importa más que la foto bonita.

El marco legal, en tres frases

La base la pone una ley estatal que, en la práctica, delega casi todo. El artículo 6.i de la Ley 43/2003, de Montes, clasifica los «hongos» silvestres como un aprovechamiento forestal más, en la misma lista que la caza, el corcho o la resina. El artículo 36.1 hace dueño de esos hongos al propietario del monte donde crecen: «el titular del monte será en todos los casos el propietario de los recursos forestales producidos en su monte, incluidos frutos espontáneos, y tendrá derecho a su aprovechamiento». Y el artículo 36.3 traslada la regulación concreta —cupos, permisos, vedas— a cada comunidad autónoma, que es la razón última por la que no existe una respuesta única a la pregunta con la que empieza esta guía. Andalucía, por ejemplo, estrenó en abril de 2026 su propia Ley de Montes (Ley 3/2026, de 13 de marzo), que repite ese principio y habilita a la Administración a regular «en particular la recolección de setas u hongos».

Cuánto se puede recoger sin permiso, comunidad por comunidad

Comunidad Cupo libre sin permiso Norma
Galicia 2 kg / persona / día Decreto 73/2020 (DOG 20-05-2020), art. 54.1.a
País Vasco · Álava 2 kg / persona / día Decreto Foral 89/2008
Castilla y León 3 kg / persona / día Decreto 31/2017 (MICOCYL), art. 13.5 — fuera de acotados
Aragón 3 kg o 10 litros / persona / día Decreto 179/2014, art. 7 — fuera de zonas reguladas
La Rioja 3 kg / persona / día Decreto 1/2015, art. 6.4 — fuera de acotados
Castilla-La Mancha 5 kg / persona / día Orden de 15-11-2016
Andalucía 5 kg / persona / día en Almería, Córdoba y Granada; 3 kg en Málaga Resoluciones de cada delegación provincial (autoconsumo): Almería, BOJA de 17-09-2026; Córdoba, BOJA de 25-09-2026; Málaga, BOJA de 08-10-2026; Granada, resolución de 2024 de vigencia indefinida. Jaén, pendiente; para Cádiz, Huelva y Sevilla el portal de la Junta no recoge ninguna
País Vasco · Gipuzkoa 5 kg / persona / día Decreto Foral 13/2011 — en Aralar, Aiako Harria, Pagoeta y Aizkorri-Aratz
Comunitat Valenciana 6 kg / persona / día Ley 3/1993, D. 205/2020 y D. 91/2023 — a partir de ahí exige autorización
Navarra Hasta 30 ejemplares / día en las especies que limite la orden foral (10 dentro de un acotado ajeno) Decreto Foral 59/1992, art. 89.f y 89.g — cuenta piezas, no kilos

Cupo para autoconsumo, fuera de zonas acotadas y sin permiso adicional. Navarra usa una unidad distinta al resto —ejemplares, no kilos— y no es comparable directamente con las demás filas. Otras comunidades y territorios forales —Cataluña, salvo el caso ya extinguido de Poblet, Cantabria, Asturias, Extremadura y Bizkaia— no tienen, a día de hoy, una norma autonómica general y publicada que fije un cupo, según la investigación de esta guía.

Ese cupo autonómico, además, deja de aplicar en cuanto se entra en una reserva botánica estrictamente protegida. En Galicia, por ejemplo, el límite general de 2 kilos por persona y día no llega al interior de espacios como la Devesa da Rogueira, en el Courel lucense, donde, como reserva botánica frágil, lo prudente es no recolectar setas y consultar antes con la Xunta las limitaciones de ese espacio. Lo mismo ocurre en Castilla-La Mancha: sus 5 kilos diarios no autorizan a recolectar dentro del Hayedo de Tejera Negra, Patrimonio Mundial UNESCO desde 2017, donde son las normas de visita del parque natural —y no esa declaración, que no regula usos— las que piden no salir de la senda ni recolectar setas o flora, y conviene confirmarlo con el propio parque antes de ir. Cataluña es el caso contrario y conviene entenderlo bien: allí no hemos localizado ningún cupo autonómico general publicado, salvo el caso ya extinguido de Poblet, de modo que no hay una cifra estatal ni autonómica que sirva de referencia y toda la regulación depende del espacio concreto en el que se esté, como ocurre en la Zona Volcànica de la Garrotxa.

Dos puntualizaciones que evitan un disgusto. Asturias no tiene regulación micológica general: su Ley 3/2004 remite el asunto a un desarrollo reglamentario que, a día de hoy, no existe. Y en Cantabria, además de no haber norma autonómica localizada, circula un bulo que conviene desmontar: la supuesta «Orden MED/39/2016» que a veces se cita para justificar un cupo cántabro no aparece en el Boletín Oficial de Cantabria como norma de setas, así que cualquier cifra que se le atribuya no procede de una fuente comprobable.

Los grandes sistemas de permisos, uno a uno

MICOCYL, el mayor sistema de España

Castilla y León regula la recolección con el Decreto 31/2017, de 5 de octubre, del Recurso Micológico Silvestre, y lo hace a una escala que no tiene equivalente en el resto del país: 19 áreas repartidas en las nueve provincias —dos en Ávila, cinco en Burgos, una en León, dos en Palencia, dos en Salamanca, dos en Segovia, dos en Soria, una en Valladolid y dos en Zamora—. Fuera de esas áreas acotadas, el cupo episódico es de 3 kilos por persona y día (art. 13.5); dentro de ellas, con permiso recreativo comprado, sube hasta 5 kilos (art. 19.3). Los permisos se venden en micologiacyl.es y en permisos.micologiacyl.es, la plataforma que gestionan conjuntamente Cesefor y la Junta, con tarifas orientativas de entre 5 y 15 euros el día suelto, de 20 a 120 euros la temporada completa y de 100 a 400 euros para uso comercial —el cuadro no indica a qué año corresponde, aunque las cifras de Zamora coinciden con las que Micocyl anunció al abrir la campaña 2026-2027 el 1 de septiembre de 2026: 20 euros el permiso de dos días y temporada válida hasta el 31 de julio de 2027; aun así, el precio exacto conviene confirmarlo en la ficha de cada acotado en el momento de comprar—.

El Parque Micológico Montes de Soria sirve de ejemplo concreto de cómo se traduce todo esto en la práctica: a 22 de octubre de 2026, su ficha en la plataforma ofrece un permiso general recreativo de 10 euros por dos días consecutivos con un máximo de 5 kilos, un permiso local recreativo de temporada por 3 euros (5 kilos al día), uno comercial local por 10 euros (30 kilos al día) y modalidades vinculadas de 10 y 50 euros, con los permisos de temporada válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Aragón: Gúdar-Javalambre y la Sierra de Albarracín

El Decreto 179/2014, de 4 de noviembre, regula tres niveles: episódico, libre hasta 3 kilos o 10 litros por persona y día (art. 7); permiso ordinario en zonas reguladas, hasta 12 kilos o 40 litros por persona y día (art. 16) —y aquí conviene una corrección explícita, porque circula por internet la cifra errónea de 5 kilos—; y comercial, hasta 60 kilos o 200 litros (art. 17.1). El decreto también prohíbe remover el suelo con rastrillos, azadas, hoces o picos, y exige recipientes que permitan la caída exterior de las esporas.

En la comarca de Gúdar-Javalambre, varios municipios gestionan su propio coto. El de Mosqueruela cobra a los no vecinos 6 euros el abono de un día y 10 el de fin de semana —con abono de temporada de 120 euros y un cupo de 6 kilos diarios—, y ofrece una modalidad comercial de 30 euros para vecinos y propietarios de fincas, con tope de 60 kilos al día; el coto abrió su última temporada publicada el 15 de abril de 2025, y la venta para no vecinos es online, en la web del ayuntamiento. A 22 de octubre de 2026 esa web seguía mostrando las mismas tarifas, sin año, y el bando de apertura de 2025, sin el de 2026, así que conviene comprobar si se han actualizado antes de comprar. En Nogueruelas, la ordenanza municipal —vigente desde el 11 de noviembre de 2016— fija 5 euros el día suelto, 35 euros la temporada y un tope de 12 kilos diarios, con 3 euros para vecinos; la venta es presencial y la web no precisa a qué campaña corresponden esos precios. Y en la Comunidad de Albarracín, el permiso turístico cuesta 5 euros el día, 10 euros la semana o 60 euros el año natural en curso, con 15 euros para propietarios, y se compra en micologiaalbarracin.es.

Ultzama, en Navarra: la temporada 2026 ya está confirmada

El Reglamento de Montes de Navarra (Decreto Foral 59/1992) no fija un cupo en kilos: permite limitar la recogida en terrenos libres a un máximo de 30 ejemplares por persona y día para las especies que señale una orden foral (art. 89.f), y dentro de un acotado deja a quien no pertenece a él un máximo de 10 ejemplares diarios de las especies acotadas (art. 89.g) —de nuevo, en piezas, no en kilos—. Dentro de ese marco, el Parque Micológico Ultzama fue el primero de los grandes sistemas de permisos en publicar su temporada 2026: 7 euros el permiso diario, 12 el de fin de semana, 85 el anual válido todos los días —o 55 si se limita a los días laborables o a los fines de semana— y 10 euros para empadronados, con un tope de 8 kilos al día. Los permisos se compran online en parquemicologicoultzama.com, al amparo de la Orden Foral 372/2007. En la Selva de Irati, en cambio, no basta con ese reglamento: sus montes están acotados por las juntas de los valles de Salazar y Aezkoa, cuyas ordenanzas prohíben recoger sin la tarjeta del valle —en Salazar, con la salvedad de lo que el propio reglamento foral permite a quien no pertenece al acotado— y cuentan en kilos, no en piezas: 8 por persona y día. Según las ordenanzas publicadas en el Boletín Oficial de Navarra —la de Aezkoa en septiembre de 2014 y la de Salazar, modificada en enero de 2019—, el permiso diario cuesta 8 euros y el anual, 80 en Salazar y 90 en Aezkoa. Los diarios se venden en establecimientos autorizados de cada valle, y los de temporada solo en las casas del valle de Aribe y Ezcároz. Cada junta autoriza a recoger únicamente en su territorio, así que conviene confirmar la tarifa vigente con la del valle por el que se vaya a entrar.

La Rioja: el único territorio con veda semanal

El Decreto 1/2015, de 9 de enero, fija fuera de acotados un cupo de 3 kilos por persona y día (art. 6.4), prohíbe la recolección nocturna por orto y ocaso (art. 6.2) y exige cestas de mimbre, paja, caña u otro material que permita la dispersión de las esporas (art. 5.3). Pero el dato que más distingue a esta comunidad es otro: es el único territorio de España localizado en esta investigación que aplica una veda semanal, con la recogida prohibida los lunes y los martes, salvo festivo (art. 6.3). Dentro de los cotos regulados —Cameros, Cebollera, Moncalvillo, entre otros— hace falta una licencia que expide el propio ayuntamiento, según marca el decreto; en los montes de Villoslada y Lumbreras de Cameros, dentro del Parque Natural de Sierra Cebollera, el permiso se compra en línea en micocebollera.com, con hasta cinco días de antelación: cuesta 5 euros por persona y día, permite recoger hasta 6 kilos y sirve también para entrar en coche por las pistas restringidas. La web no indica a qué campaña corresponde ese precio, y para el resto de cotos riojanos esta guía no ha podido verificar tarifas, así que lo prudente es confirmarlas con el consistorio correspondiente antes de ir.

Valsaín, dentro del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama

Los montes de Valsaín tienen su propio permiso oficial, gestionado por el Organismo Autónomo Parques Nacionales a través de su Central de Reservas: los empadronados en cualquier municipio de la provincia de Segovia compran un permiso de temporada válido hasta el 31 de julio siguiente, y quienes no lo están, un permiso de uno o dos días. La norma de referencia, la Orden AAA/1681/2016, está «actualmente en revisión» según la propia web de reservas, verificada de nuevo el 22 de octubre de 2026. Las condiciones son estrictas: el acceso al monte es solo a pie, no se permite la recolección nocturna y no se puede comerciar con lo recogido dentro de Valsaín.

Lo que manda el PRUG en los parques nacionales

Dentro de un parque nacional, el cupo autonómico deja de ser lo que manda: manda el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de cada espacio, y los tres verificados en esta guía no dicen lo mismo. En Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, el PRUG (Decret 39/2003, artículo 19.a) es tajante: solo permite recolectar setas en la zona periférica de protección, y aun allí no en su zona de reserva integral; las preguntas frecuentes del propio parque lo resumen así: «només es poden recollir bolets a la zona perifèrica de protecció». Es decir, está prohibido dentro del parque propiamente dicho. En Ordesa y Monte Perdido, las normas de visita que publica el MITECO prohíben directamente «la recolección de animales, plantas, minerales o rocas», sin distinguir setas del resto. Y en la Sierra de Guadarrama, el PRUG adopta el criterio opuesto: su artículo 59 considera la recogida de setas «una actividad compatible con la conservación, siempre que exista un plan de aprovechamiento aprobado en cada uno de los montes donde se permite», y ese plan es precisamente el que sostiene el permiso de Valsaín descrito más arriba.

Las reglas que no son un consejo, son la ley

Hay una serie de costumbres que casi todo el mundo asocia a la «buena práctica» de recoger setas, y que en realidad son norma con artículo y, en algunos casos, sanción. La cesta o recipiente aireado es obligatorio por norma en Castilla y León, Aragón, La Rioja, Andalucía, Castilla-La Mancha y Álava —Gipuzkoa la recomienda, sin imponerla—, y en Castilla y León y Álava la prohibición de las bolsas de plástico está escrita con esas mismas palabras. La prohibición de remover el suelo con rastrillos, azadas, hoces o herramientas similares es norma en Castilla y León, Aragón, La Rioja, Andalucía, Gipuzkoa y Álava, y también en el permiso de Valsaín. La prohibición de recolectar de noche está escrita allí donde se ha podido verificar: en los decretos de Castilla y León, Aragón y La Rioja, en el permiso de Valsaín, en las resoluciones provinciales de Andalucía, en Álava, en los parques naturales de Gipuzkoa y en el Parque Micológico de Ultzama. Y la veda semanal de lunes y martes, ya se ha dicho, es exclusiva de La Rioja: ningún otro territorio de los investigados para esta guía la aplica.

Qué está publicado y qué falta para la campaña 2026-2027

A 22 de octubre de 2026, casi todo lo que necesita quien sale al monte este otoño ya está publicado. Está confirmado: la temporada 2026 del Parque Micológico de Ultzama, con sus tarifas ya descritas; la campaña 2026-2027 de MICOCYL en Zamora, abierta el 1 de septiembre, con un solo permiso para 19 municipios del noroeste de la provincia, 20 euros los dos días y temporada válida hasta el 31 de julio de 2027; el acotado de Valladolid, con los permisos de la nueva temporada a la venta desde octubre y vigencia hasta el 30 de septiembre de 2027; el acotado de Montes de Soria, con validez hasta el 31 de diciembre del año en curso; el nuevo Parque Micológico de Velilla del Río Carrión, en la Montaña Palentina, con permisos a la venta desde el 31 de marzo; la venta continua del permiso de Valsaín, válido hasta el 31 de julio siguiente; el permiso anual de la Comunidad de Albarracín, por año natural; la campaña de los dos acotados de Micocyl en Segovia, con permiso diario de 5 euros y de temporada de 40, válido hasta el 31 de diciembre; los dos acotados de Ávila, el de montes de la Junta, con 5 euros el día y 30 la temporada, y el de Gredos, que abrió la venta el 14 de octubre con 5 euros el día, 10 los dos días y 30 la temporada para quien no es de la provincia —el permiso recreativo de uno vale en el otro—, aunque con el monte de utilidad pública número 60, Valle de Iruelas, cerrado a la recolección por el incendio del pasado 22 de julio; y tres resoluciones andaluzas, todas vigentes hasta el 31 de mayo de 2027: la de Almería, publicada en el BOJA el 17 de septiembre, y la de Córdoba, el 25 de septiembre, con 5 kilos por persona y día, y la de Málaga, el 8 de octubre, que mantiene los 3 kilos. Queda pendiente la apertura de los cotos de Gúdar-Javalambre —Mosqueruela seguía mostrando el 22 de octubre el bando de apertura de 2025— y la resolución de Jaén, que el año pasado se publicó el 2 de octubre y que a 22 de octubre aún no ha salido. Granada no necesita una nueva: su resolución de 2024 tiene vigencia indefinida. Esta guía se revisará cuando esos datos salgan publicados.

Un aviso final, y no menor. La normativa que se describe aquí cambia de una temporada a otra —a veces de un año para el siguiente, como demuestran las resoluciones andaluzas, que cada provincia renueva por su cuenta y con cupos distintos—, así que antes de salir al monte conviene verificar la convocatoria vigente con el organismo gestor correspondiente, no dar por buena una cifra de hace dos años. Y una precisión importante sobre el alcance de esta guía: no identifica variedades comestibles ni sustituye la valoración de un experto micólogo. Recolectar sin la certeza absoluta de la especie es un riesgo para la salud que ningún permiso cubre ni ninguna norma regula. Si además de recoger setas la salida incluye pasar la noche en el monte, la otra normativa que también varía comunidad por comunidad —y que suele pillar por sorpresa a quien la da por sentada— está reunida en la guía de acampada libre y vivac legal en España.

Preguntas frecuentes

¿Es legal recoger setas sin permiso en España?
Depende de dónde estés, porque no existe una ley estatal que fije un cupo único: la Ley de Montes (art. 36.3) traslada esa regulación a cada comunidad autónoma. En la práctica, la mayoría permite una recolección libre para autoconsumo hasta un tope diario que va de los 2 kilos de Galicia o Álava a los 6 kilos de la Comunitat Valenciana, y Navarra cuenta en ejemplares —hasta 30 al día en las especies que su orden foral somete a límite— en lugar de en peso. Superar ese cupo, recolectar con fines comerciales o entrar en una zona acotada exige permiso, y en algún territorio, como Cataluña, Cantabria o Asturias, no hay ni siquiera un cupo autonómico general publicado.
¿Cuántos kilos de setas se pueden recoger legalmente al día?
El cupo sin permiso más bajo es de 2 kilos por persona y día, en Galicia y en Álava; el más alto sin necesitar autorización es de 6 kilos, en la Comunitat Valenciana. En medio están Castilla y León, Aragón y La Rioja, con 3 kilos, igual que la provincia de Málaga, y Castilla-La Mancha, las provincias de Almería, Córdoba y Granada y los parques naturales de Gipuzkoa, con 5. Dentro de zonas acotadas y con permiso comprado, el cupo sube: en Aragón, por ejemplo, el permiso ordinario da derecho a 12 kilos al día —no a 5, como circula por error en algunas webs—, y el comercial, a 60. Navarra es la excepción que rompe la comparación: su reglamento no habla de kilos, sino de un máximo de 30 ejemplares al día para las especies sometidas a límite, y de 10 para quien recoge en un acotado ajeno.
¿Se puede usar una bolsa de plástico para recoger setas?
No, y no es un consejo de sentido común: es norma con artículo y sanción en al menos seis territorios. Castilla y León, Aragón, La Rioja, Andalucía, Castilla-La Mancha y Álava exigen un recipiente aireado —cesta de mimbre, caña o similar— que permita la caída al exterior de las esporas mientras caminas, y algunas lo dicen con todas las letras: Álava prohíbe «la utilización de bolsas de plástico, mochilas o similares». El decreto aragonés, por ejemplo, exige que el recipiente permita «la caída exterior de las esporas», y las condiciones de MICOCYL en Castilla y León dicen literalmente que «no está permitido el uso de bolsas de plástico». Varias de esas mismas normas prohíben también remover el suelo con rastrillos, azadas o hoces. En Gipuzkoa, el decreto foral de sus parques naturales la recomienda, sin imponerla.
¿Se pueden recoger setas de noche?
Donde la norma lo dice por escrito, no, y lo dice en buena parte del mapa. Castilla y León la prohíbe en todo su territorio «desde el ocaso hasta el orto» (art. 8.2.c del Decreto 31/2017), y las condiciones generales de MICOCYL lo repiten en sus acotados; Aragón usa la misma fórmula en el artículo 24.d del Decreto 179/2014, y La Rioja prohíbe la recolección nocturna desde la puesta hasta la salida del sol (art. 6.2 del Decreto 1/2015). El permiso oficial de Valsaín, dentro del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, también excluye la recolección nocturna. Lo mismo dicen las resoluciones provinciales andaluzas, que prohíben recoger de noche y usar linternas; las pautas de la Diputación Foral de Álava y el decreto foral de los parques naturales de Gipuzkoa, ambos «desde la puesta de sol hasta su salida»; y las normas del Parque Micológico de Ultzama. En el resto no hemos localizado una prohibición horaria general publicada, lo que no equivale a que esté permitida sin más: conviene comprobarlo con el organismo gestor de la zona concreta.
¿Se pueden recoger setas en un parque nacional?
Depende del parque, porque manda el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de cada uno, no una norma común. En Aigüestortes i Estany de Sant Maurici está prohibido dentro del parque: solo se permite en su zona periférica de protección. En Ordesa y Monte Perdido, las normas de visita del MITECO prohíben directamente la recolección de plantas, animales, minerales o rocas. En cambio, en la Sierra de Guadarrama la recogida de setas se considera «una actividad compatible con la conservación» siempre que exista un plan de aprovechamiento aprobado, y ese plan existe en los montes de Valsaín, donde el propio Organismo Autónomo Parques Nacionales vende el permiso online.
¿Hace falta permiso para recoger setas en Poblet?
No, y conviene decirlo porque varias guías siguen repitiendo lo contrario. El Paratge Natural de Poblet, en Tarragona, tuvo entre 2012 y 2018 un plan piloto que exigía autorización de temporada, pero la Generalitat de Catalunya anunció su fin el 21 de septiembre de 2018: «Aquesta tardor no serà necessària l'autorització per a la recol·lecció de bolets al Paratge Natural de Poblet». Dicho esto, la normativa cambia de una temporada a otra, así que conviene confirmar en la web de la Generalitat que ese plan no se ha reactivado antes de ir, sobre todo si han pasado varios años desde que leas esto.
Verificación editorial

Fuentes oficiales consultadas.

  1. Institucional

    (2003) · Ley 43/2003, de Montes (artículos 6.i y 36) · BOE-A-2003-21339 · texto consolidado

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  2. Institucional

    (2017) · Decreto 31/2017, del Recurso Micológico Silvestre · BOCYL · Junta de Castilla y León

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  3. Institucional

    Aprovechamiento micológico: setas y trufas · Junta de Castilla y León

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  4. Institucional

    Condiciones generales de la recolección en zonas reguladas bajo el sistema MICOCYL · Junta de Castilla y León

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  5. Institucional

    Tarifas del sistema MICOCYL · Cesefor · Junta de Castilla y León

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  6. Institucional

    Acotado Parque Micológico Montes de Soria (PMSO-50001) · Cesefor · Junta de Castilla y León

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  7. Institucional

    (2025) · Setas y trufas: normativa y permisos · Gobierno de Aragón

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  8. Institucional

    Venta de permisos de recogida de setas · Ayuntamiento de Mosqueruela

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  9. Institucional

    Permisos de recolección micológica · Comunidad de Albarracín

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  10. Institucional

    (2018) · Finalitza el pla pilot de recol·lecció de bolets al Paratge Natural de Poblet · Generalitat de Catalunya

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  11. Institucional

    (2015) · Decreto 1/2015, de 9 de enero, de recolección micológica · BOR nº 6 · Gobierno de La Rioja

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  12. Institucional

    Permisos de recolección de setas en Sierra Cebollera · Ayuntamientos de Villoslada y Lumbreras de Cameros

    Ver recurso
  13. Institucional

    Reglamento de Montes de Navarra (Decreto Foral 59/1992) · Gobierno de Navarra

    Ver recurso
  14. Institucional

    (2026) · Permisos de recolección, temporada 2026 · Parque Micológico Ultzama

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  15. Institucional

    Aprovechamiento de hongos, flores y frutos silvestres · Diputación Foral de Álava

    Ver recurso
  16. Institucional

    (2011) · Decreto Foral 13/2011, de recogida de setas en los parques naturales de Gipuzkoa · Diputación Foral de Gipuzkoa

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  17. Institucional

    (2023) · El Gobierno regional recuerda las buenas prácticas en el aprovechamiento de las setas · Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

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  18. Institucional

    Recogida de setas en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama · MITECO · Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama

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  19. Institucional

    Recolección micológica en los montes de Valsaín · OAPN · Central de Reservas de Parques Nacionales

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  20. Institucional

    (2026) · Resolución de 11 de septiembre de 2026 sobre recogida de setas y hongos en la provincia de Almería · BOJA nº 181 · Junta de Andalucía

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  21. Institucional

    (2026) · Resolución de 22 de septiembre de 2026 sobre recogida de setas en la provincia de Córdoba · BOJA nº 187 · Junta de Andalucía

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  22. Institucional

    (2026) · Resolución de 23 de septiembre de 2026 sobre recogida de setas en la provincia de Málaga · BOJA nº 196 · Junta de Andalucía

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  23. Institucional

    (2026) · Permisos de recolección de setas del acotado Gredos · Micocyl · Cesefor

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  24. Institucional

    (2026) · Prohibida la recolección de setas en el monte nº 60 Valle de Iruelas · Micocyl · Cesefor

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  25. Institucional

    (2019) · Ordenanza del aprovechamiento de hongos y setas en los montes Irati, La Cuestión y Erremendia · BON nº 16 · Junta General del Valle de Salazar

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  26. Institucional

    (2014) · Ordenanza reguladora de la recogida de productos naturales en el comunal del Valle de Aezkoa · BON nº 183 · Junta General del Valle de Aezkoa

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  27. Institucional

    (2014) · Decreto 179/2014, de recolección de setas silvestres en Aragón · BOA nº 225 · Gobierno de Aragón

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  28. Institucional

    (2026) · Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía · BOE-A-2026-7559

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  29. Institucional

    (2026) · Permisos de setas en los acotados Micocyl del noroeste zamorano · Micocyl · Cesefor

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  30. Institucional

    (2026) · Permisos de temporada del acotado de Valladolid · Micocyl · Cesefor

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  31. Institucional

    Coto micológico de Nogueruelas · Ayuntamiento de Nogueruelas

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  32. Institucional

    Recolección de setas en el medio natural · Junta de Andalucía

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  33. Institucional

    (2020) · Decreto 73/2020, normativa forestal de Galicia (artículo 54) · DOG · Xunta de Galicia

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  34. Institucional

    Aprovechamiento micológico para consumo propio · Generalitat Valenciana

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  35. Institucional

    Preguntes freqüents del Parc Nacional d'Aigüestortes i Estany de Sant Maurici · Generalitat de Catalunya

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